La Audiencia Nacional admite a trámite la querella de VOX por delitos de detención ilegal y torturas contra Fabian Picardo

De izquierda a derecha, Javier Ortega (secretario general de VOX), Pedro Fernández y Nacho Mínguez en la Audiencia Nacional

El Juzgado Central de Instrucción nº 2 de la Audiencia Nacional ha acordado aceptar la competencia para investigar la detención ilegal y las torturas que sufrieron Nacho Mínguez, presidente de VOX Madrid, y el abogado Pedro Fernández, responsable de los servicios jurídicos del partido, que imputan a Fabián Picardo, Ministro Principal de Gibraltar, y a los funcionarios policiales y judiciales que intervinieron en dichos hechos ocurridos entre los días del 20 al 24 de junio. En esos días, un grupo de VOX accedió al Peñón y desplegó en el lado norte la bandera nacional de 200 metros cuadrados para reivindicar la soberanía del mismo, apoyar a los pescadores y denunciar las actividades delictivas que se cometen allí impunemente

Los citados delitos, previstos y penados en los artículos 174 a 176 y 472 a 484 del código penal, supondrían penas de hasta seis años de prisión.

La citada resolución judicial acuerda, conforme a lo solicitado por los querellantes, la práctica de diligencias urgentes de investigación, consistentes entre otras:

1) Oficiar a la Policía Judicial que acredite la residencia en España de Fabian Picardo.

2) Recabar del Ministerio de Asuntos Exteriores para que informe acerca de los siguientes extremos:

-Si tuvieron conocimiento oficial de los hechos objeto de la querella y, en su caso, de la fecha y forma en que se les comunicó la detención ilegal de ambos ciudadanos españoles.

-Si por parte de España se ha emitido nota de queja o protesta frente a las
Autoridades británicas por dichos hechos o por cualesquiera otros relacionados con la actuación de las Autoridades británicas en Gibraltar.

-Si el Ministro Principal de Gibraltar está amparado por los beneficios de la inmunidad diplomática.

3) Solicitar por medio de Comisión Rogatoria a las Autoridades Británicas copia de los expedientes policiales y judiciales tramitados con ocasión de las detenciones y enjuiciamiento practicados a los querellantes.

4) Recibir declaración testifical al abogado Pedro Fernández.

El Juzgado de Instrucción eleva al Tribunal Supremo la denuncia de VOX contra Pablo Iglesias

El Juzgado de Instrucción número 21 de Madrid ha acordado con el informe favorable de la Fiscalía su inhibición respecto a la denuncia que interpuso VOX contra Pablo Iglesias, Secretario General de Podemos, el 10 de mayo de 2016, y la remisión de la causa a la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.

Los hechos sobre los que se basó la denuncia atribuían la posible comisión de los delitos de blanqueo de capitales (artículo 301 Código Penal), que supone una pena de prisión de seis meses a seis años, así como una multa; delito electoral (artículo 149 de la LOREG), con una pena de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses, y delitos que comprometen la paz o la independencia del Estado, (artículos 589 y 592.1 Código Penal), que podría ser castigado con la pena de prisión de hasta ocho años.

VOX confía que el Tribunal Supremo, sin injerencias políticas, admita a trámite la denuncia y acuerde todas las medidas de investigación e instrucción necesarias para aclarar estos hechos tan graves, que atentan contra los principios básicos de la democracia, evitando así la impunidad de los posibles delitos cometidos por Podemos.



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