La Defensora del Pueblo recuerda al Ayuntamiento de Galapagar que los despachos públicos deben carecer de barreras arquitectónicas

Acto de Galapagar en Común Izquierda Unida ante el Ayuntamiento del municipio / Foto de archivo

El Ayuntamiento de Galapagar construye en 2014 sus nuevas dependencias por un importe de adjudicación de más de 3 millones de euros, entre otras razones porque en el antiguo “falta espacio para la oposición”. Pero de nada ha servido, sigue sin haber espacio suficiente para que la oposición desempeñe su trabajo en el nuevo Ayuntamiento. Por ello decide alquilar oficinas para que trabajen los grupos municipales de la oposición, por las que desembolsa de las arcas públicas casi 6000€ al año. Estas oficinas están ubicadas en un edificio de propiedad privada que no reúne las condiciones de Accesibilidad y Supresión de Barreras Arquitectónicas marcadas por la ley, lo cual impide el acceso y uso de tales oficinas a las personas en situación de limitación o con movilidad reducida, cuestiona el Grupo  Grupo Municipal de Galapagar en Común Izquierda Unida.

El mismo grupo presentó una queja ante la Defensora del Pueblo en la que se denuncia la existencia de peldaños en la entrada, así como las ínfimas medidas del ascensor del edificio, al cual no puede acceder una persona usuaria de silla de ruedas, con un carrito o con varios menores. “La queja se presenta porque a pesar de las peticiones hechas por este Grupo directamente al Ayuntamiento para que se rescinda el contrato de alquiler y se proporcionen oficinas accesibles a todos la ciudadanía, además de que se dote a todos los grupos de la oposición de medios y recursos materiales para el desempeño de su trabajo, el Consistorio ha hecho caso omiso de tales demandas”, subrayan desde Galapagar en Común Izquierda Unida a través de un comunicado.

Una de las explicaciones que da el Ayuntamiento es que se trata de un edificio construido con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley que promueve la accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas (ley 8/1993, de 22 de junio), “lo cual resulta tan incoherente como inconcebible. No se concibe que la Administración Municipal de Galapagar desconozca la normativa vigente y actúe conculcando la misma cuando, como señala la propia Defensora, si el Ayuntamiento se ve obligado arrendar oficinas al carecer de despachos municipales para que los grupos políticos puedan desarrollar su trabajo, tiene capacidad de elección y puede decidir entre todas las oficinas disponibles de la localidad” por lo que, precisa, “sería lógico exigir como requisito imprescindible que el edificio donde se ubiquen ya esté adaptado y carezca de barreras arquitectónicas”, se recoge en el comunicado.

Al margen de las causas por las que haya actuado contraviniendo la ley, y ello suponga no respetar el derecho de cualquier ciudadano que desee consultar y/o participar en un asunto que le interese, si tiene movilidad limitada, “el Ayuntamiento de Galapagar no va a rescindir el contrato de alquiler como nuestro Grupo le ha pedido, ya que del Informe que el Ayuntamiento envía a la Defensora del Pueblo, éste entiende que se deduce la intención del Consistorio de efectuar obras para mejorar la accesibilidad de los peldaños de entrada del edificio, si bien no menciona para nada el ascensor, imposible de ampliar por falta de espacio y principal limitación de acceso a las oficinas alquiladas para despachos de uso público. Tampoco dice nada sobre si tiene permiso de la Comunidad de Propietarios para realizar la obra que pretende en un edificio de propiedad privada, extremo sobre el cual deberá informar a la defensora del Pueblo”, se concluye en el documento referido.



Be the first to comment

Leave a Reply

Tu dirección de correo no será publicada.


*