En qué consiste el delito de suplantación de identidad, consecuencias y tipos

La suplantación de la identidad es una actividad maliciosa que consiste en hacerse pasar por otra persona para cometer actos ilegales como fraudes, la obtención de datos de manera inapropiada o realizar algún tipo de acoso tipo ciberbullying o grooming.

Este último es especialmente grave porque afecta a los menores. El objetivo es ganarse la confianza de los pequeños para abusar sexualmente de ellos. Esto implica que estas actividades estén bajo el foco de los juzgados de menores. De hecho, si eres partícipe de alguna situación de este tipo, un primer consejo es acudir a un despacho de abogados delitos de menores, para recibir asesoría especializada.

Volviendo a la suplantación de identidad, es común pensar que este proceso solo afecta a personas con cierto interés mediático, como famosos, deportistas, cantantes, actores o políticos. Pero la realidad es tozuda y muy diferente a esta idea, cualquier persona corre el riesgo de ser suplantada y ver atacada su integridad.

Cómo está penado este delito

La suplantación de identidad puede tener un castigo jurídico muy grave, pues el Código Penal recoge estos actos en el delito de usurpación de identidad en los títulos X, XI y XII. A partir de ahí, las leyes establecen una normativa que no es homogénea en caso de estar siendo víctima de una suplantación de identidad.

El resultado son sanciones o penas en función de la gravedad de los casos, que va a estar ligada a la acción llevada a cabo por el infractor y el perjuicio causado. Cuando son actos de acoso sexual a menores, como el grooming, entran en juego cuestiones asociadas a la pederastia, que incrementan de manera importante el castigo impuesto.

Un reciente reportaje de RTVE señala cómo actúa la Unidad de Ciberdelincuencia de la Policía Nacional para hacer frente a estos delitos, y pone de manifiesto que el pasado año, con el confinamiento y el aumento de niños conectados a internet, se ha disparado en un 500% el tráfico de vídeos pedófilos.

Con respecto al delito de usurpación de identidad, el artículo que refleja este acto delictivo es el 401, que hace referencia al robo de identidad o delito de usurpación de estado civil o de identidad. En él se señala que está penada la acción de adoptar la identidad de otra persona para obtener beneficios y recursos ajenos derivados de esta práctica.

¿Cómo son las suplantaciones de identidad más comunes en internet?

Es habitual que estos delitos de suplantación tengan en internet el mayor campo de cultivo. El suplantador recibirá un castigo mayor o menor en función de la gravedad de sus actos.

Por ejemplo, si este engaño consiste únicamente en crear un perfil falso sin añadir ningún dato relevante y personal de la víctima, la única acción legal que procede es notificar la situación a la red social para eliminar el perfil. El Código Penal no considera delito suplantar solo el nombre de una persona si no se incluye alguna imagen más.

Este entramado cambia en caso de que se utilicen datos de la víctima con fotografías, pues en ese caso se vulnera el derecho a la propia imagen de la persona, que está protegida por el artículo 18 de la CE.

El proceso se agrava aún más cuando se accede a servicios haciéndose pasar por la persona suplantada, pues se da pie a delitos de descubrimiento y revelación de secretos. Para ello habrá que robar contraseñas o entrar en sistemas informáticos.

¿Cuáles son las penas asociadas a la suplantación de la identidad?

Los delitos de este tipo están penados en función de la gravedad del perjuicio cometido. Una estafa tiene una sanción privativa de libertad de uno a tres meses en caso de que el dinero sustraído sean menos de 400 euros, pero el castigo es de hasta tres años si supera esta cantidad.

Si lo que ocurre es que hay una revelación de secretos o se atenta contra el honor, las multas oscilan entre los 12 y los 24 meses, con penas de prisión de uno a cuatro años.

En todos estos casos hay que valorar cuál es el delito que se comete, qué ventajas se han obtenido por esta comisión, cuál es el perjuicio para la víctima y si existe un comportamiento reincidente en el infractor.



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