Un empresario madrileño cancela las deudas de su negocio gracias a la Ley de la Segunda Oportunidad

Este emprendedor se vio obligado a endeudarse por más de 40.000 euros para sacar adelante su negocio de comercio minorista de mobiliario y menaje para el hogar. Gracias a la Ley 25/2015 vuelve a empezar de cero financieramente, sin tener que responder por los créditos acumulados de su negocio fallido.

El Juzgado de lo Mercantil N.º 9 de Madrid dictó sentencia el pasado 22 de noviembre, finalizando un proceso que ha sido tramitado por los abogados de la Asociación de Ayuda al Endeudamiento.

La solución legal a la insolvencia: fin a una situación financiera insostenible

El protagonista de esta historia estaba inmerso en una situación muy delicada. Como muchos, intentó emprender y levantar su negocio con el fin de sacar a su familia adelante. Con el tiempo, la poca rentabilidad le llevó a pedir y acumular créditos para hacer frente a todos los gastos.

Pese al esfuerzo por evitar una situación agónica, sus ingresos no eran suficientes para afrontar la cuota mensual que le exigían sus obligaciones. Fue entonces cuando comenzaron las llamadas de recobro y amenazas de embargo. Al ver que el negocio que sostenía a su familia estaba en juego, no dudó.

Decidió contactar con profesionales y así solicitó la asesoría de la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, entidad sin ánimo de lucro especializada en este tipo de casos. Tras ser estudiado minuciosamente por la Asociación, los abogados le aconsejaron declararse insolvente y acogerse al proceso de Ley de Segunda Oportunidad.

Solo con iniciar el trámite obtuvo un beneficio inmediato: paralizar cualquier embargo judicial y el pago de toda deuda o interés. Esto le proporcionó un enorme respiro económico hasta que se terminara el proceso.

Posteriormente, se intentó llegar a un acuerdo para rebajar la cuantía total frente a los acreedores hasta una cantidad asumible, demostrando la distinción de deudor de buena fe. La negativa de estos a la propuesta provocó que los abogados de la Asociación solicitaran la cancelación del 100% de las deudas contraídas. Esto fue aceptado por el Juzgado de lo Mercantil N.º 9 de Madrid.

Requisitos que marca la Ley de la Segunda Oportunidad para condonar el total de las deudas

Para acogerse al procedimiento es necesario cumplir una serie de requisitos. Estos son: la insolvencia del interesado, que la cuantía global de la deuda no supere los cinco millones de euros, el intento de un acuerdo de pagos y, por supuesto, que no haya sido condenado por delitos socioeconómicos. Todo esto se resume en que el solicitante sea un deudor “de buena fe”.

Una vez comprobadas estas condiciones, el juez encargado del presente caso no ha tenido dudas y ha perdonado a este vecino madrileño el pago de todos sus créditos de forma definitiva.

Esta resolución dictada el pasado 22 de noviembre de 2021 concediendo el BEPI (Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho) ha supuesto dejar a este deudor libre de pagar 43.775,55 euros permitiéndole una verdadera segunda oportunidad, sin lastres financieros.

Desde entonces, los acreedores del asociado -entre ellos BBVA, Esco Expansión o Pra Iberia- no podrán reclamar ningún pago más al ya ex-deudor ni incluirlo en fichero de morosos.

Con esta sentencia, ya son más de 80 las conseguidas por la Asociación de Ayuda al Endeudamiento en lo que va de año, lo que muestra la buena aplicación de este proceso por parte de los juzgados en todo el país. Todas las sentencias de la asociación son de libre acceso en la web de la Asociación de Ayuda al Endeudamiento.



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