La cancelación de antecedentes penales para obtener el permiso de residencia

Si eres un ciudadano extranjero y quieres obtener la nacionalidad española o pedir el permiso de residencia para quedarte a vivir en Madrid, uno de los requisitos imprescindibles para poder tramitar la solicitud y obtener dicha nacionalidad o el citado permiso, o sencillamente para renovar el mismo, es aportar un certificado de no poseer antecedentes penales. Si los tuvieras pero ya has cumplido la correspondiente condena o condenas o se ha extinguido ya tu responsabilidad penal, tienes derecho a obtener del Ministerio de Justicia la cancelación de tus antecedentes en un plazo determinado que marca la ley, por lo que es recomendable que te pongas en manos de Abogados de Extranjería en Madrid con el fin de que te ayuden con éxito en este proceso.

Constituye el antecedente penal la nota o notas de condena que constan documentalmente en la Administración respecto a tu persona. Cancelarlas implica que deje de constar la pena o penas impuestas en sentencia firme por delitos o infracciones cometidas y afecta al conjunto de las mismas, no a las penas individualizadas, siendo necesario obtener un certificado de cancelación que emite el Ministerio de Justicia.

Una vez cancelados los antecedentes penales es posible tramitar la nacionalidad española o su recuperación en el caso de haberla perdido, figurando entre los requisitos a cumplir en este procedimiento de cancelación no haber reincidido o delinquido de nuevo durante determinados plazos de tiempo, en función éstos de la gravedad de las penas con las que se haya sido sancionado, abarcando estos plazos desde los 6 meses para las penas de carácter leve hasta los 10 años para las penas más graves.

Entre uno y otro plazo figura el de 2 años para las penas que no superen los 12 meses y las que se hayan impuesto por la comisión de delitos imprudentes; 3 años para las penas menos graves inferiores en su duración a ese período de tiempo (los 3 años); y 5 años para el resto de penas menos graves impuestas por un período de tiempo comprendido entre los 3 y los 5 años. El cómputo de todos estos plazos se interrumpe si durante el transcurso de los mismos se cometen nuevos delitos.

Hay otro tipo de anotaciones que también es preciso cancelar para obtener la nacionalidad española o el permiso de residencia en España, como son las correspondientes a medidas de seguridad a cumplir por imposición de la Justicia (órdenes de alejamiento, por ejemplo) y que se cancelan cuando hayan sido cumplidas o haya prescrito en cada caso la correspondiente medida.

Por otra parte, es preciso diferenciar entre antecedentes penales y antecedentes policiales. Los primeros se generan si se es condenado por cometer delitos, mientras que los policiales se crean por el mero hecho de haber sido detenido por los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado. Es decir, si no hay una sentencia judicial condenatoria, no se tienen antecedentes penales, pero aunque solo se posea antecedentes policiales, resulta también muy conveniente cancelarlos.

En todo caso, los pasos a seguir para obtener el certificado de cancelación del Ministerio de Justicia implican, además de tener cumplida o cumplidas las condenas y que hayan transcurrido los plazos de tiempo necesarios sin haber vuelto a delinquir, anteriormente citados, iniciar un procedimiento burocrático de solicitudes y aportación de documentos, además de la realización de gestiones más o menos complejas ante las administraciones (Ministerio, Juzgados, Policía) que es mejor encargar a profesionales expertos y, en concreto, a cualificados Abogados de Extranjería, que te asistirán durante todo el proceso hasta su finalización con éxito.



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