Perdonan sus deudas con la Seguridad Social a una vecina de Collado Villalba gracias a La Ley de la Segunda Oportunidad

Esta vecina de Collado Villalba siempre mostró interés en devolver sus créditos, pero al no lograr estabilidad laboral se vio obligada a dejar de pagar.

Antes de solicitar la Ley de la Segunda Oportunidad, intentó que le reunificaran en un único préstamo todas sus deudas, pero no le dieron esa opción.

La Asociación de Ayuda al Endeudamiento ha sido la encargada de llevar a cabo este procedimiento exitosamente.

Solucionar definitivamente el problema de no llegar a fin de mes por tener deudas

Desde 2013, la protagonista de esta historia no ha gozado de estabilidad laboral. Decidió entonces emprender como autónoma, pero esto solo sirvió para generar obligaciones con la Tesorería General de la Seguridad Social. Fue entonces cuando volvió a buscar empleo y solicitó que le reunificasen todo lo que debía en una única letra. Esto, lamentablemente, no fue posible debido a su perfil financiero y el alto riesgo de impago.

Como consecuencia, ha vivido durante varios años con el miedo a que le embargaran sobre cualquier ingreso o cuenta bancaria a su nombre.

En 2019 conoció de la existencia de la Ley de Segunda Oportunidad, aprobada en 2015, gracias a la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, entidad especializada en este tipo de procesos. Tras estudiar su caso, los abogados de la entidad le aconsejaron declararse insolvente e iniciar los trámites.

Fran Bautista, letrado de la Asociación, detalla los requisitos de este mecanismo “Es frecuente pensar que para que sea concedida esta exoneración deben darse unos requisitos complejos y difíciles de cumplir. No obstante, si se el deudor cumple la condición de insolvente y carece de antecedentes penales, se puede ser bastante optimista y predecir un desenlace exitoso: conseguir un acuerdo con los acreedores o cancelar definitivamente las deudas pendientes”.

Conseguir para paralizar embargos y el perdón de las deudas

El letrado también precisa cómo fueron los pasos para lograr tal hito: “Se informó al juzgado competente de la situación de la asociada con el preconcurso de acreedores. Con esto, se consigue un inminente alivio económico ya que no debe pagar a ningún acreedor y se paralizan los embargos vigentes”.

Con esta seguridad, la ley prevé que el deudor plantee una propuesta de pagos asumible a todos sus acreedores, en este caso entidades financieras. Este trámite se lleva a cabo ante notario, donde, en el presente caso se propuso una quita del 90% de la deuda. Este intento de acuerdo quedó en vano cuando los acreedores mostraron su rechazo a tal propuesta.

Desde el 26 de septiembre de 2022, el acuerdo extrajudicial de pagos deja de ser requisito obligatorio para la exoneración de deudas. “Se impuso con el fin de disminuir la cantidad de personas en concursos de acreedores, pero su función ha cumplido su función. Dada las constantes negativas de las financieras suponía más un obstáculo que un beneficios”, explica Bautista.

El “fracaso” en el intento de convenio se convirtió en una buena noticia para el deudor, ya que se procedía al segundo de los posibles fines del procedimiento. Se solicitaba la exoneración del 100% de la deuda, incluyendo la parte no privilegiada de las obligaciones públicas.

El juez encargado del presente caso dictó esta resolución definitiva el 13 de diciembre concediendo el BEPI (Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho) dejando libre a este deudor libre de pagar 56.664,64 euros. Solo queda compensar la parte “no exonerable” de la deuda pública: 60 cuotas de 20 euros., totalmente asumible para ella.

Son ya más de 120 sentencias favorables conseguidas por la Asociación de Ayuda al Endeudamiento en 2022 avalan la evolución favorable de la Ley de la Segunda Oportunidad en los tribunales del país.



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