Qué hacer para cobrar la indemnización a la que se tiene derecho por los daños sufridos en un accidente de tráfico

Durante el año 2016 un total de 5.067 personas requirieron hospitalización en España como consecuencia de las heridas que sufrieron en accidentes de tráfico, lo que supone un 4,3% más de heridos hospitalizados en las indicadas circunstancias que los registrados el año anterior, según datos proporcionados por la Dirección General de Tráfico (DGT), y fueron muchos miles más las víctimas de siniestros de tráfico que, si bien no necesitaron ingresar en centros hospitalarios, tuvieron que ser atendidas por heridas y lesiones, buena parte de las cuales se manifestaron con posterioridad a los accidentes, como por ejemplo las relacionadas con latigazos en la zona cervical, que suelen ser muy frecuentes.

Muchas de las víctimas desconocen sin embargo a qué recursos pueden acceder para paliar su situación y qué derechos les amparan. Entre éstos figura la percepción de una indemnización por accidente de tráfico, según está contemplado por la legislación vigente, cuya finalidad es compensar las lesiones y secuelas sufridas, o las pérdidas de ingresos que no han podido ser percibidos mientras la persona herida ha tenido que estar de baja sin poder trabajar (el denominado lucro cesante), u otros perjuicios y daños producidos por el accidente, de cuya responsabilidad la mayoría de las víctimas son ajenas. Pero incluso aunque los lesionados sean los conductores culpables de los accidentes, también podrían tener derecho a una indemnización por las lesiones a su vez sufridas, circunstancia que debe ser valorada.

¿Cómo proceder para saber si se tiene derecho a ser indemnizado y en su caso gestionar todo lo relativo a la indemnización y llegar a cobrarla? Lo más acertado sería recurrir a letrados especializados, es decir, ponerse en manos de abogados expertos en accidentes de tráfico, profesionales cuyo trabajo consiste en ofrecer un buen asesoramiento, en ayudar a los heridos y lesionados a recuperar la vida que poseían antes de acontecer el siniestro en el que se han visto involucrados y en que perciban la máxima indemnización posible.

En función de la gravedad de las secuelas, que deben ser valoradas por un médico, y de la edad de la víctima, se establecerá la cuantía a cobrar por los daños sufridos, los cuales debe cubrir la compañía aseguradora del vehículo causante del accidente, todo ello de acuerdo con un baremo establecido al efecto por el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre.

Las víctimas pueden ser tanto los conductores de los vehículos como los acompañantes, motoristas, ciclistas, peatones o viajeros usuarios de transportes públicos -autobuses, taxis, etc.-. Todos ellos tiene derecho a percibir su indemnización por los perjuicios sufridos, para cuya determinación podría ser necesaria incluso la participación de peritos o ingenieros especialistas en la reconstrucción de siniestros, cuya labor, como miembros de los equipos de trabajo de los abogados, se suma a los procedimientos de reclamación de indemnizaciones en los tribunales de justicia o en los procesos extrajudiciales que gestionan los letrados expertos en defensa de los intereses de los heridos o lesionados que cuenten con sus servicios.

El éxito de dichos procedimientos dependerá de manera fundamental de la labor de estos abogados especialistas, cuya participación en la reclamación de indemnizaciones es así determinante.

Es importante en todo caso verificar con ellos antes de contratar sus servicios que solo percibirán honorarios en el caso de que se cobre la indemnización y que los mismos serán un porcentaje del importe cobrado. De este modo las víctimas, sus clientes, no tendrán que adelantar en ningún momento dinero alguno.



Be the first to comment

Leave a Reply

Tu dirección de correo no será publicada.


*