Una madrileña cancela las deudas que le quedaron de más de 200.000 euros tras divorciarse

La protagonista de esta noticia adquirió la responsabilidad de afrontar las deudas contraídas durante su matrimonio tras divorciarse.

Con la ayuda que recibía por desempleo, no podía pagar los 231.793,87 euros que le reclamaban desde diferentes entidades financieras.

La Asociación de Ayuda al Endeudamiento ha cancelado todas sus deudas aplicando la Ley de la Segunda Oportunidad en poco más de un año.

Solucionar la condición de insolvencia

Nuestra protagonista junto a su ex marido, mantenía un gran nivel económico debido a las nóminas de ambos. Esto les dió unas facilidades a la hora de reclamar préstamos para la empresa donde ella era administradora.

El desencadenante de las complicaciones llegó cuando se divorció y, por ende, la totalidad de todas las deudas acumuladas durante el matrimonio recayó sobre su responsabilidad debido a que era la avalista de dichos préstamos. Supuso para ella un duro golpe y tampoco lo gestionó de la mejor manera. Para evitar males mayores, solicitó nuevos créditos para pagar los antiguos. Fue peor el remedio que la enfermedad

Eran ya 231.793,87 euros los que debía y decidió reflexionar y buscar otra solución. Entonces, escuchó algo acerca de la “Ley de la Segunda Oportunidad”, procedimiento para las personas que no pueden pagar todas sus deudas. Contactó con los abogados de la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, especialistas en este derecho, para informarse en qué consistía este derecho.

Tras el estudio de su caso, los letrados aseguraron a la interesada que terminarían con uno de los dos posibles fines del proceso. “Sólo existen dos objetivos en esta ley: conseguir una rebaja de la deuda total con un plan de pagos asumible para el deudor o el perdón del 100% de las obligaciones”, así lo explica Fran Bautista, abogado de la Asociación.

Pasos de esta deudora para el perdón de sus deudas

La primera actuación realizada por los abogados fue avisar de la insolvencia a los Juzgados de Primera Instancia nº104 de Madrid. Con ello, la deudora obtendría el primer beneficio: no debe pagar nada y suspender posibles embargos hasta el fin del proceso.

El segundo paso consistía en plantear una propuesta de acuerdo a todos los acreedores (bancos y entidades financieras). Este trámite se hizo ante notario para que quedara demostrada la buena fe por parte de la beneficiada. Fue rechazado por los acreedores, que lo vieron insuficiente, pero el hecho que tal acto sea ajeno a su voluntad otorga el derecho a la cancelación de la totalidad de las deudas.

“Debido a la poca prosperidad que tienen estos intentos de acuerdos extrajudiciales, este trámite ya no es obligatorio. Desde ahora el proceso de Ley de la Segunda Oportunidad pasa a ser más rápido y menos costoso para los interesados”, detalla el letrado.

El último paso era, tras constatar la imposibilidad de llegar a un acuerdo, presentar demanda de concurso de acreedores y solicitar tal derecho. Los abogados lo hicieron efectivo en el Juzgado de Primera Instancia nº104 de Madrid , quedando resuelta este mes de marzo.

Requisitos que marca la Ley de la Segunda Oportunidad

Para acogerse al procedimiento es necesario cumplir una serie de requisitos, que han cambiado con la reforma concursal. Estos son: la insolvencia del interesado, no haber sido exonerado en los últimos 5 años y carecer de delitos de orden socioeconómico.

Una vez comprobados estos presupuestos no había discusión. El Juez ha dictado sentencia concediendo el BEPI (Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho) y cancelando los 231.793,87 euros y perdonando la deuda pública, con Agencia Tributaria y Tesorería General de la Seguridad Social.

Ya son 63 las exoneraciones de la Asociación de Ayuda al Endeudamiento en lo que llevamos de 2023. Otras sentencias interesantes recientes son la conseguida el pasado 1 de marzo en Madrid, que permite conservar la vivienda de los concursados también, o la lograda en San Sebastián  el pasado 1 de marzo, con deuda pública.



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