Aspectos legales a considerar al registrar una marca en España

Las marcas registradas y los nombres comerciales suponen un valor añadido y diferenciador de la competencia para las empresas y para los productos que estas fabrican o comercializan.

Según los expertos de Leialta, una firma especializada en servicios de Consultoría de empresas en Madrid, no es infrecuente el hecho de que una empresa se vea obligada a cambiar de denominación comercial o a modificar la marca de sus productos porque un tercero los ha registrado a su nombre.

Por qué deben registrarse las marcas y los nombres comerciales

Las marcas distinguen tanto a las empresas como a sus productos o líneas de producto. Por su parte, los nombres comerciales son las denominaciones que las empresas emplean para darse a conocer entre el público, independientemente de su nombre societario real.

Por ejemplo, una empresa denominada “Panificadoras Reunidas del Noroeste Peninsular, S. A.” puede exhibir en sus locales de venta un rótulo con el nombre comercial “Panes Artesanos”, mucho más corto y sugerente que su denominación societaria.

Por eso, es imprescindible registrarlos. Sin el Registro de marca o nombre comercial, cualquier competidor puede emplearlos. Es decir, el registro de una marca o de un nombre comercial permite a su titular registral utilizarla de forma exclusiva, evitando dos riesgos:

  • Que otras personas o empresas puedan emplear ese mismo nombre u otros similares que induzcan a la confusión.
  • Que un tercero registre la marca a su nombre y obligue a dejar de utilizarla o solicite el pago de una cifra elevada a cambio de ceder los derechos registrales de la misma.

En definitiva, el registro es la garantía de que nadie podrá beneficiarse indebidamente del futuro valor añadido o distintivo de una marca o nombre comercial.

Descripción del procedimiento de registro de marca

Antes de solicitar el registro de una marca o nombre comercial, conviene realizar una prospección que permita identificar si ya están registradas marcas o nombres comerciales iguales o parecidos a los que se pretenden registrar.

La búsqueda puede realizarse en el portal web de la OEPM (Oficina Española de Patentes y Marcas). De esta forma, se reduce el riesgo de que ese organismo deniegue posteriormente el registro.

En la solicitud de registro de marca deben incluirse:

  • La denominación de la marca y, si los hubiera, sus símbolos o logotipos distintivos.
  • La relación de productos o servicios que estarán asociados a la futura marca registrada.

A este último respecto, los productos y servicios se categorizan según lo especificado en la Clasificación de Niza. La Clasificación de Niza es una lista descriptiva de clases de productos y servicios, acompañada de las correspondientes notas aclaratorias o explicativas. Puede consultarse esta clasificación en la web de la OEPM.

Una vez abonadas las tasas oficiales fijadas por la OEPM (dependen del número y del tipo de clases de servicios y productos asociados a la marca), pueden ocurrir dos cosas:

  • Que la OEPM registre la marca a nombre del solicitante.
  • Que la OEPM deniegue el registro, por coincidencias con marcas ya registradas o por defectos formales.

El periodo de validez del registro de marca es de 10 años, renovable por períodos sucesivos de otros 10 años.

Si precisas más información o estás pensando en registrar tu marca, te recomendamos que contactes con Leialta. En esta firma consultora disponen de conocimiento y experiencia en el registro de marcas y nombres comerciales. Realizarán por ti todo el procedimiento, desde el estudio preliminar de la enseña comercial hasta la concesión final del registro de marca.



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